Ley 7348 de SANTIAGO DEL ESTERO


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    LEY 7.348
    SANTIAGO DEL ESTERO, 24 de Mayo de 2022
    Boletín Oficial, 27 de Mayo de 2022
    Vigente, de alcance general
    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:

    ART. 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Departamento Banda, Localidad de La Bajada, identificado como parte de (4) Lote 1, Lote 2, Lote 6, Parte Fracciones 2° (El Achalay) y Parte de la Tela, Parte de "La Isla" y Fracción de Terreno (S/P), con una superficie total de 153 Has., 63 As., 77,15 Cas., delimitado entre los polígonos A-B-C-J-K-L-M-N-O-P-Q-R-S-T-A, inscripto en la Dirección General de Catastro de la Provincia según plano de levantamiento territorial para expropiación N° 10.117/92, Legajo 05, Expediente N° 1.468-28-22, para ser destinado a la construcción de las obras civiles, de arquitectura, infraestructura urbanística y viales para la traza del puente que unirá la Ciudad Capital con el Departamento Banda a la altura de la Localidad de La Bajada y el desarrollo de este importante sector del Departamento Banda.

    ART. 2°.- A los fines de dar cumplimiento a la presente Ley, autorizase al Poder Ejecutivo a iniciar los trámites expropiatorios correspondientes en los términos de la Ley N° 4.630

    ART. 3°.- Facultase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes a fin de afrontar los gastos del procesoe xpropiatorio declarado por el Artículo 1° de la presente.

    ART. 4°.- La presente norma entrara en vigencia a partir de su publicación.

    ART. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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