Ley 10806 de CORDOBA


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    LEY 10.806
    CORDOBA, 6 de Abril de 2022
    Boletín Oficial, 26 de Abril de 2022
    Vigente, de alcance general
    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 10115, el que queda redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 1º.- Creación. Relación Orgánica. Créase la Policía Ambiental de la Provincia de Córdoba, la cual dependerá del Ministerio de Coordinación o de la autoridad que lo reemplace, y desempeñará sus funciones con el alcance, competencias y atribuciones que esta Ley y demás normas legales le acuerden."

    Artículo 2º.- Modifícase el artículo 8º de la Ley Nº 10115, el que queda redactado de la siguiente manera:

    "Artículo 8º.- Estructura. La Policía Ambiental de la Provincia de Córdoba estará a cargo de un Secretario, quien estará secundado en sus funciones por un Director General. Ambos serán designados y removidos por el Poder Ejecutivo Provincial."

    Artículo 3º.- Sustitúyese la denominación "Dirección de Policía Ambiental" contenida en la Ley Nº 10115 y en toda otra norma vigente en la Provincia de Córdoba, por la denominación "Policía Ambiental", como así también las referencias al "Director de Policía Ambiental", las que deben entenderse como "Secretario de Policía Ambiental" o la autoridad que lo reemplace.

    Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

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