- Propiamente, todo el que trabaja en su propio país, a diferencia del trabajador extranjero (v.e.v.) ; y que, por tanto, al encontrarse en su patria de origen o naturalización, goza de los máximos derechos y protección de las leyes laborales. Con mayor frecuencia, la expresión se refiere a los trabajadores nativos de las colonias europeas en distintos continentes, y en África sobre todo; los cuales, aun estando en su tierra, si bien sea la soberanía ajena, se encuentran en condiciones inferiores a las de los trabajadores de la metrópoli; y en ocasiones sometidos a trato y contrato ao muy distantes de los conocidos y practicados en las peores épocas de la esclavitud; con reclutamiento forzoso para tareas durísimas, capataces que hubieran sido negreros, condiciones climáticas muy insalubres, jornadas extenuadoras y paga cortísima.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda