- Movimiento brusco de la superficie terrestre, a causa de desprendimiento y fuerzas que actúan en el interior del planeta, en zonas montañosas por lo general, y más aún en las volcánicas.
Por la magnitud de la tragedia que los terremotos significan cuando alcanzan a grandes poblaciones, que en breves segundos aniquilan, los poderes públicos consideran calamidad nacional estos desastres y procuran el socorro de las víctimas, en lo personal, y la posible reparación de los males materiales, dentro de los recursos fiscales / de las contribuciones privadas.
El terremoto se menciona en el art. 1.575 del Cód. Civ. esp. como caso fortuito extraordinario, susceptible de fundar la rebaja de la renta arrendaticia.
En el seguro contra incendios, el Cód. de Com. esp. libera de responsabilidades al asegurador por los incendios que puedan ocasionar las erupciones, los volcanes y los temblores de tierra (art. 396); si bien no prohibe pactar tal responsabilidad.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda