- Posesión material de armas sin licencia para llevarlas ni siquiera para mantenerlas en donde se vive o en otro lugar donde quepa disponer de ellas. Por la facilidad con que las armas, lo mismo entre loa individuos que entre los puebles, tienden a emplearse cuando se poseen, por principio de seguridad colectiva de los ciudadanos, y más aún porque la justicia de hecho sólo cabe, en su caso, actuarla por medio de la autoridad y sus agentes, en todos los países actuales se considera falta o delito la tenencia de armas sin derecho para ello.
La ilícita tenencia de armas es castigada por si sola, pero además agrava numerosos delitos; como los de sedición y robo, aunque no lleguen a emplearse aquéllas, ya que siempre significan factor intimidante o peligroso para las víctimas o adversarios.
Las colecciones artísticas de armas Se excluyen de la punición, siempre que se den garantías y se hagan las declaraciones que la autoridad requiera.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda