Definición de TENDERO


    Quien tiene local de comercio. Comerciante minorista.
    Prescribe al año la obligación de pagar a los tenderos el precio de los efectos que vendan (art. 4.035 del Cód. Civ. arg.).


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...