- Giro, letra, cheque o libranza por cantidad superior a la provisión, fondos o crédito. El sobregiro puede determinar la falta de aceptación por el librado; o la responsabilidad penal para el librador, de modo especial en los cheques, en que se libra contra una entidad pública de crédito.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda