- Todos-los bienes presentes y-futuros de los cónyuges, a tenor de este régimen, se hacen comunes, sujetos a la división igualitaria al producirse la separación, al menos natural o sin culpa de los esposos. Bienes muebles e inmuebles, sea oneroso o gratuito el título de- la adquisición, entran en la masa común, que queda sometida al marido como administrador con poderes de libre disposición. Constituye el régimen legal forzoso de Portugal, Holanda, Brasil, Noruega. Y es el supletorio, a falta de pactos o elección, en Francia, Suiza y Alemania, aun con matices diversificadores en cada uno de tales países.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda