Definición de MUJER COMUN


    Manceba dé doa ó más hombres* La esposa de uno y amante de otro. Condición femenina en el primitivo régimen de promiscuidad sexual que suponen algunos sociólogos e historiadores. Prostituta. Tomado del francés "femme commune", la casada cuyo régimen patrimonial es el de comunidad de bienes. Para evitar el equívoco sobre la fidelidad, tal vez sea lo más conveniente traducir la locución por la mujer condomino, en mi mera, o con bienes comunes.


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