Definición de MANCOMUNIDAD DE BESTIAS DE LABOR


    Contrato consuetudinario del Alto Aragón, en virtud del cual un labrador, dueño de un mulo o un buey, se asocia con otro, que compra un animal de igual clase, para formar yunta, la cual trabaja en las tierras de ambos (y en las de extraños, mediante retribución). El primero de estos labradores se encarga de cuidar y mantener a ambas bestias; pero los gastos se costean por partes iguales.


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