- Persona a quien falta al menos una mano o un brazo; o que tiene impedido éste o aquélla. Figuradamente, incompleto o defectuoso.
Civilmente, si el manco no puede firmar de algún otro modo, se equipara al analfabeto en los testamentos y demás actos que haya de otorgar. Se suple esa incapacidad por medio de una persona que firma a ruego, o aumentando el número de testigos, (v. los arts. 695 y 706 del Cód. Civ. esp.) Penalmente, el que haya quedado manco por acción criminal de otro, es víctima de lesiones graves, (v. el art. 420, n9 29, del Cód. Pen. esp.) Dentro del Derecho Laboral, el manco por accidente del trabajo se encuentra en situación de incapacidad permanente parcial o total.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda