Definición de LICENCIA ABSOLUTA


    En la milicia, y con relación a los soldados y clases, posee diversas acepciones: la que se concede a los militares con exención completa del servicio. La que se otorga una vez cumplido el lapso de permanencia en Tilas, con arreglo al servicio obligatorio, o concluida una guerra a los movilizados. El término de la sujeción a los compromisos militares, luego de la segunda situación de reserva; y que en el ejército español se produce normalmente a los 38 años. (v. CARTILLA MILITAR, LICENCIA TEMPORAL.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...