- Igualdad y libertad teóricas que por la escuela clásica económica se recomienda como criterio que estimula la producción, desenvuelve la iniciativa privada y abarata los precios. Los intereses creados, el favoritismo oficial, la disposición de fuertes capitales que cuentan con poderosas organizaciones, el tácito acuerdo entre los industriales o comerciantes para explotar al máximo a la clientela, son obstáculos insalvables en la sociedad actual.
Incurriendo en el vulgar galicismo de "libre concurrencia" (expresión sólo exacta en los espectáculos y lugares donde la entrada sea libre), el Cód. Pen. esp. castiga con arresto mayor y multa a "los que, esparciendo falsos rumores, o usando de cualquier artificio, consiguieren alterar los precios naturales que resultarían de la libre concurrencia de mercancías, rentas públicas o privadas, o cualesquiera otras cosas que fueren objeto de contratación" (art. 540). (v. LEY DE LA OFERTA Y DE LA DEMANDA, MONOPOLIO.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda