- Derecho de profesar un credo religioso o ninguno, y de realizar los actos que la creencia imponga, o abstenerse de todos ellos. El primer, aspecto, interno, constituye la libertad de conciencia (v.e.v.); el segundo, externo, se concreta en la libertad de cultos (v.e.v.).
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda