- Cada una de las cifras arábigas de una cantidad. En la Ley esp. del Notariado se prohiben los guarismos para expresar fechas o cantidades en los instrumentos públicos. Generalmente, por facilidad de lectura; se ponen de las dos maneras. En cheques y otros documentos de crédito figuran asimismo las cantidades en guarismos y letras.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda