- En acto público, celebrado el 25 de febrero de 1947, el presidente de la República Argentina formuló una declaración que contenía los Derechos del trabajador, recogida después en el Decreto 4.865 del mismo año, e incluida posteriormente en la Const. de 1949, no como actitud programática, sino como ratificación solemne de política laboral.
Integraba esta declaración la parte primera del extensísimo art. 37 del texto constitucional, y estaba estructurada como decálogo. Los diez derecnos proclamados eran: 19 derecho de.trabajar; 29 derecho a una retribución justa; 39 derecho a la capacitación; 49 derecho a condiciones dignas de trabajo; 59 derecho a la preservación de la salud; 69 derecho al bienestar; 79 derecho a la seguridad social; 89 derecho a la protección de su familia; 99 derecho al mejoramiento económico; 10. derecho a la defensa de lo» intereses profesionales. Todos estos principios llevaban además comentario explicativo o un índice de disposiciones para aplicarlos.
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