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Fallos: 264:478 de la CSJN Argentina - Año: 1966

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DESERCION DEL RECURSO.
Ver: Recurso extraordinario, 76.

DESPIDO. :
Ver: Recurso extraordinario, 152.

DIPUTADOS PROVINCIALES.
Ver: Reeurso extraordinario, 14,

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA. .
Ver: Compensación, 1; Impuestos internos, 2.


DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.
Ver: Jubilación y pensión, 2.


DIVISION DE LOS PODERES.
Ver: Constitución Nacional, 33; Recurso extraordinario, -11, 13.

DIVORCIO.
Ver: Reeurso extraordinario, 35, 119,

DOCTRINA.
Ver: Recurso extraordinario, 130.

DOMICILIO.
Ver: Jurisdicción y competencia, 11, 21; Recurzo extraordinario, 151.

DOLO.
Ver: Impuesto, 2.

DOMICILIO.
Ver: Jurisdicción y competencia, 10, 24; Recurso extraordinario, 123.

E
EJECUCION DE SENTENCIA.
Ver: Constitución Nacional, 2, 4; Reeuro extraordinario, 34, 189.

EMBARGO.
Ver: Jurisdicción y competencia, 25; Recurso de queja, 5.

EMERGENCIA.
Ver: Constitución Nacional, 33.

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Año: 1966, CSJN Fallos: 264:478 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-264/pagina-478

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