Art. 534 LÍmites Y Modalidades De La EjecuciÓn. del CPCC Comentado Buenos Aires


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    Art. 534 .- -Durante el curso del proceso de ejecución de la sentencia, el juez podrá de oficio o a pedido de parte, y si las circunstancias así­ lo aconsejaren, fijar una audiencia para que comparezcan ejecutante y ejecutado con el objeto de establecer la forma más rápida y eficaz de satisfacer el crédito, procurando evitar perjuicios innecesarios.


    A esta audiencia deberán comparecer las partes personalmente, y se celebrará con la que concurra. No podrá señalarse una nueva con el mismo objeto, ni tampoco podrá el ejecutado promover posteriormente incidentes por causas anteriores que no fueron invocadas en dicha au­diencia.


    CONCORDANCIAS: CPN, art. 558 bis; Cat.. 558 bis; Chaco, art. 514; Chubut. art. 558 bis; ERí­os, art. 522; Form., art. 533; Mis., art. 558 bis; Neuq.. art. 558 bis; RNegro, art. 558 bis, Salta, art. 546: SLuis, art. 536; SCruz, art. 538; TdelFuego. art. 495.



    § 1. Humanización de la ejecución. - La ejecución se lleva a cabo contra el patrimonio del presunto deudor. Ello es el fruto de una constante superación de las instituciones jurídicas en su tendencia a humanizar el proceso o lo que es lo mismo respetando la persona al punto de no poder ejercer, como principio, violencia sobre ella (arg. art. 629, Cód Civil).

    De esta manera, se ha eliminado la ejecución in personam. por ejemplo, la prisión por deudas, avance insuficiente, por si solo, para permitir el debido respeto al condenado, hasta llegar a limitar la responsabilidad ejecutoria otorgando beneficio al deudor y a su familia de dis-pensas y excepciones a embargar ciertos bienes, ya por importar un evidente vejamen moral y social, o aparejando su ruina económica sin beneficios para el ejecutante.

    En estos casos se autoriza al juez a la fijación de una audiencia a fin de establecer la forma más rápida y eficaz para satisfacer el crédito, procurando evitar perjuicios innecesarios.
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    También puedes ver: Art.534 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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