- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 939 .- No hay intimidación por injustas amenazas, cuando el que las hace se redujese a poner en ejercicio sus derechos propios.
Nota:939. Regla 14, tít. 34, Part. 7ª.TOULLIER, t. 6, núm. 81. DURANTON, t. 10, núms. 142 y 143.
Ver articulos: [ Art. 936 ] [ Art. 937 ] [ Art. 938 ] 939 [ Art. 940 ] [ Art. 941 ] [ Art. 942 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 939 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
>>
TITULO I
- De los hechos
>>
CAPITULO III
- De los hechos producidos por la fuerza y el temor
>
SECCION SEGUNDA
- DE LOS HECHOS Y ACTOS JURIDICOS QUE PRODUCEN LA ADQUISICION, MODIFICACION, TRANSFERENCIA O EXTINCION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.939 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion