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ARTICULO 62 .- . La representación de los incapaces es extensiva a todos los actos de la vida civil, que no fueren exceptuados en este Código.
TITULO III
De las personas por nacer
Ver articulos: [ Art. 59 ] [ Art. 60 ] [ Art. 61 ] 62 [ Art. 63 ] [ Art. 64 ] [ Art. 65 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 62 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO PRIMERO
- DE LAS PERSONAS
>>
TITULO II
- De las personas de existencia visible
>>
SECCION PRIMERA
- DE LAS PERSONAS EN GENERAL
>>
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También puedes ver: Art.62 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion