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ARTICULO 55 .- . * Los menores adultos sólo tienen capacidad para los actos que las leyes les autorizan otorgar.
Nota de Actualización:* Según ley 17.711. Texto del Código Civil: Son incapaces respecto de ciertos actos o del modo de ejercerlos:
1° Los menores adultos;
2° Las mujeres casadas.
Ver articulos: [ Art. 52 ] [ Art. 53 ] [ Art. 54 ] 55 [ Art. 56 ] [ Art. 57 ] [ Art. 58 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 55 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO PRIMERO
- DE LAS PERSONAS
>>
TITULO II
- De las personas de existencia visible
>>
SECCION PRIMERA
- DE LAS PERSONAS EN GENERAL
>>
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También puedes ver: Art.55 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion