ARTICULO 400 del C.C. Velez Argentina


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    ARTICULO 400 .- El discernimiento de la tutela corresponde al juez del lugar en que los padres del menor tení­an su domicilio, el dí­a de su fallecimiento.

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    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 400 con el Código Civil de Velez?

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO PRIMERO
    - DE LAS PERSONAS
    >>
    TITULO IX
    - Del discernimiento de la tutela
    >>
    SECCION SEGUNDA
    - DE LOS DERECHOS EN LAS RELACIONES DE FAMILIA
    >>



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