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ARTICULO 3731 .- Lo dispuesto en este título sobre las sustituciones de herederos es aplicable igualmente a los legatarios.
Ver articulos: [ Art. 3728 ] [ Art. 3729 ] [ Art. 3730 ] 3731 [ Art. 3732 ] [ Art. 3733 ] [ Art. 3734 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3731 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO XIV
- De la institución y sustitución de heredero
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SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
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También puedes ver: Art.3731 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion