- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 346 .- La proximidad de parentesco se establece por líneas y grados.
Nota:346. La L. 2, tít. 13, Part. 6ª, confunde los grados y las líneas: "Tres grados", dice, "o líneas son de parentesco".
Ver articulos: [ Art. 343 ] [ Art. 344 ] [ Art. 345 ] 346 [ Art. 347 ] [ Art. 348 ] [ Art. 349 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 346 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO PRIMERO
- DE LAS PERSONAS
>>
TITULO VI
- Del parentesco, sus grados; y de los derechos y obligaciones de los parientes
>>
SECCION SEGUNDA
- DE LOS DERECHOS EN LAS RELACIONES DE FAMILIA
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.346 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion