- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 2761 .- Son también reivindicables las partes ideales de los muebles o inmuebles, por cada uno de los condóminos contra cada uno de los coposeedores.
Nota:2761. L. 8, Dig. "De reivindic.". MAYNZ, § 204, núm. 1. MOLITOR, núm.3.
Ver articulos: [ Art. 2758 ] [ Art. 2759 ] [ Art. 2760 ] 2761 [ Art. 2762 ] [ Art. 2763 ] [ Art. 2764 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2761 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO IX
- De las acciones reales
>>
CAPITULO I
- De la reivindicación
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.2761 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda