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ARTICULO 2054 .- La suerte se juzgará por las disposiciones de este título, si ella se recurre como apuesta o como juego.
Ver articulos: [ Art. 2051 ] [ Art. 2052 ] [ Art. 2053 ] 2054 [ Art. 2055 ] [ Art. 2056 ] [ Art. 2057 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2054 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II
- DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES
>>
TITULO XI
- De los contratos aleatorios. Del juego, Apuesta y Suerte
>>
SECCION TERCERA
- DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS
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También puedes ver: Art.2054 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion