- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 141 .- * Se declaran incapaces por demencia las personas que por causa de enfermedades mentales no tengan aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes.
Nota de Actualización:* Según ley 17.711. Texto del Código Civil: Se declaran dementes los individuos de uno y otro sexo que se hallen en estado habitual de manía, demencia o imbecilidad, aunque tengan intervalos lúcidos, o la manía sea parcial.
Ver articulos: [ Art. 138 ] [ Art. 139 ] [ Art. 140 ] 141 [ Art. 142 ] [ Art. 143 ] [ Art. 144 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 141 con el Código Civil de Velez?
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 141 del Código Civil (Vélez Sarsfield)
- Fallos: Tomo 306 - Página 759
- Fallos: Tomo 306 - Página 760
- Fallos: Tomo 341 - Página 746
- Fallos: Tomo 341 - Página 749
- Fallos: Tomo 341 - Página 754
- Fallos: Tomo 341 - Página 756
- Fallos: Tomo 341 - Página 760
- Fallos: Tomo 339 - Página 277
- Fallos: Tomo 339 - Página 677
- Fallos: Tomo 339 - Página 679
- Fallos: Tomo 335 - Página 860
- Fallos: Tomo 330 - Página 2782
- Fallos: Tomo 330 - Página 2785
- Fallos: Tomo 328 - Página 4834
- Fallos: Tomo 327 - Página 206
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO PRIMERO
- DE LAS PERSONAS
>>
TITULO X
- De los dementes e inhabilitados
>>
SECCION PRIMERA
- DE LAS PERSONAS EN GENERAL
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.141 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda