- Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>
SECCION SEGUNDA DE LOS HECHOS Y ACTOS JURIDICOS QUE PRODUCEN LA ADQUISICION, MODIFICACION, TRANSFERENCIA O EXTINCION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES >>
TITULO IX - De las obligaciones que nacen de los hechos ilícitos que no son delitos >>
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* Derogado por la ley 17.711.
Nota de Actualización:* Texto del Código Civil: Los arts. 1070, 1071, 1073, 1074, 1075 y 1076, son aplicables a los actos ilícitos, hechos sin intención de causar un daño.
El articulo-1108, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
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Artículo derogado NO VIGENTE de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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