- Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>
SECCION SEGUNDA DE LOS HECHOS Y ACTOS JURIDICOS QUE PRODUCEN LA ADQUISICION, MODIFICACION, TRANSFERENCIA O EXTINCION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES >>
TITULO VIII - De los actos ilícitos >>
CAPITULO IV - Del ejercicio de las acciones para la indemnización de los daños causados por los delitos >
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Cualquiera que sea la sentencia posterior sobre la acción criminal, la sentencia anterior dada en el juicio civil pasada en cosa juzgada, conservará todos sus efectos.
TITULO IX
De las obligaciones que nacen de los hechos ilícitos que no son delitos
El articulo-1106, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
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Artículo derogado NO VIGENTE de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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