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ARTICULO 2396.- Modo de hacer la colación. La colación se efectúa sumando el valor de la donación al de la masa hereditaria después de pagadas las deudas, y atribuyendo ese valor en el lote del donatario.
Fuentes y antecedentes: art. 3477 CC y art. 2350 del Proyecto de 1998.
1. Introducción
El artículo establece la forma de hacer la colación.
La norma tiene como antecedentes el art. 3477 CC y el art. 2350 del Proyecto de 1998.
Interpretacion COMENTADA al Art. 2396 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2393 ] [ Art. 2394 ] [ Art. 2395 ] 2396 [ Art. 2397 ] [ Art. 2398 ] [ Art. 2399 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2396 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
>>
TITULO VIII
- Partición
>>
CAPITULO 3
- Colación de donaciones
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También puedes ver: Art.2396 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda