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LIBRO QUINTO - TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE >>
TITULO II - Aceptación y renuncia de la herencia
CAPITULO 1 : Derecho de opción
ARTICULO 2286: [Tiempo de la aceptación y la renuncia]
ARTICULO 2287: [Libertad de aceptar o renunciar]
ARTICULO 2288: [Caducidad del derecho de opción]
ARTICULO 2289: [Intimación a aceptar o renunciar]
ARTICULO 2290: [Transmisión del derecho de opción]
ARTICULO 2291: [Efectos]
ARTICULO 2292: [Acción de los acreedores del heredero]
CAPITULO 2 : Aceptación de la herencia
ARTICULO 2293: [Formas de aceptación]
ARTICULO 2294: [Actos que implican aceptación]
ARTICULO 2295: [Aceptación forzada]
ARTICULO 2296: [Actos que no implican aceptación]
ARTICULO 2297: [Aceptación por una persona incapaz o con capacidad restringida]
CAPITULO 3 : Renuncia de la herencia
ARTICULO 2298: [Facultad de renunciar]
ARTICULO 2299: [Forma de la renuncia]
ARTICULO 2300: [Retractación de la renuncia]
ARTICULO 2301: [Efectos de la renuncia]
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infojus
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