- Lesión, violación de cosa sagrada o destinada al culto divino, (v. PROFANACIÓN-.) En sentido amplio, Ferreres entiende por sacrilegio todos los pecados contra la virtud de la religión; como la blasfemia, el perjurio y la idolatría.
Se distingue entre el sacrilegio personal, real y local.
El primero consiste en golpear, herir, prender, despojar de sus vestiduras o atropellar de cualquier otro modo a clérigo, religioso o religiosa. El rcalt es hurtar, o forzar cálices, custodias, vestiduras, cruces y otros ornamentos religiosos, o causar daños en las puertas de los templos, y el prenderles fuego. El local consiste en robar o hurtar cosas profanas en lugar sagrado; como quitarle un bolso a una mujer mientras va a comulgar, y deja abandonado aquél en su reclinatorio, (v. COSA SAGRADA, LUGAR SAGRADO.) (1.880.)
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