Ley 9426 de TUCUMAN


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    LEY 9.426
    SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 28 de Octubre de 2021
    Boletín Oficial, 16 de Noviembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    expropiación, inmuebles, Derecho administrativo, Derecho civil

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble ubicado en la Localidad de San José de Buena Vista, departamento Famaillá, identificado, en mayor extensión, con la siguiente Nomenclatura Catastral: Padrón N° 78.130; Circunscripción: I; Sección: F; Lámina: 306; Parcela: 148 e inscripto en el Registro Inmobiliario en el Libro: 83, Folio: 187, Serie B y Año 1.947, con una superficie aproximada de 25.234,0000 m2.

    Art. 2°.- El inmueble descripto en Artículo 1°, será destinado a la instalación de una Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales que tratará los efluentes de la ciudad de Famaillá.

    Art. 3°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a prescindir del procedimiento administrativo de avenimiento expropiatorio, previsto en el Artículo 14 de la Ley N° 5006

    Art. 4°.- Comuníquese

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